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Visa Consultada

  • Foto del escritor: Emely Reyes
    Emely Reyes
  • 5 feb 2022
  • 2 Min. de lectura
¿Qué es una visa consultada?
Los ciudadanos que pueden solicitar la visa consultada son todos aquellos extranjeros que requieran de visa consular para poder ingresar al país, que no puedan presentar la solicitud de visa ante el cónsul de su país de origen o residencia habitual.

Requisitos:
1. Solicitud firmada por abogado.
2. Carta poder, con la dirección exacta del abogado, número de colegiación, número telefónico fijo de la oficina o de la casa.
3. Acta de responsabilidad, de quien se hace responsable en el país con sus generales, dirección exacta y número de teléfono.
4. Copia fotostática de tarjeta de identidad o carné de residencia del responsable en Honduras.
5. Copias fotostáticas legible del pasaporte de la persona para quien se solicita su ingreso.
6. Certificado médico del país de origen, art. 80 y 81 de la ley de migración y extranjería.
7. Certificado de antecedentes policiales, penales del país de origen.
8. Croquis de la ubicación exacta donde va a residir el interesado, con una fotografía de la fachada de la casa donde residirá.
9. Pago de $100.00, por tarifa de visa consultada.-artículo 127 numeral 12 del reglamento de la Ley de Migración.
10. Constancia de trabajo, acompañada de la planilla del seguro social
11. Constancia de solvencia económica
12. Todos los documentos que vienen del exterior deberán presentarse debidamente legalizados y los autorizados en idioma extranjero, traducidos oficialmente por la secretaria de relaciones exteriores o en los consulados de Honduras.
13. Solicitud de los documentos necesarios que den soporte a la versión de la entrevista practicada a la persona responsable de la visa, según sea el caso.
14. Certificado de matrimonio cuando corresponda, e inscrito el Registro Nacional de las Personas, para acreditar el vínculo matrimonial, cuando este tenga menos de seis meses de haber contraído matrimonio.
15. Certificado de Nacimiento para acreditar la relación de parentesco entre los solicitantes de visa consultada según sea el caso.
16. Para acreditar algún tipo de relación, fotografías, correos electrónicos, registros migratorios, recibos de teléfonos, pudiendo aceptar una de ellas, todas, u otras que el interesado presente y que el investigador considere útil en la investigación.

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