Prestaciones Laborales
- Jorge Fonseca

- 27 feb 2020
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Al finalizar el Contrato de Trabajo de un Trabajador con un Patrono, nace el derecho del Trabajador de exigir sus Prestaciones Laborales, también llamado Auxilio de Cesantía y Derechos Adquiridos, pero, ¿en qué consisten estos derechos?
Es importante determinar y analizar la causa de terminación del Contrato antes de hacer el cálculo correspondiente, ya que las diferentes variables toman en consideración algunos importes y excluyen otros, dependiendo de las condiciones en las que se dio la terminación. Para efectos de Auxilio de Cesantía, el Artículo 120 del Código de Trabajo vigente, Reformado mediante Decreto 150-2008 nos dicta los lineamientos y consideraciones a seguir para efectuar el cálculo. Este cálculo toma en consideración la antigüedad del Trabajador bajo la subordinación de un mismo Patrono.
Complementariamente, se calculan lo que son los Derechos Adquiridos; consistentes en: Décimo Tercer mes en concepto de Aguinaldo, Décimo Cuarto mes de Salario en concepto de Compensación Social, Vacaciones, Horas Extras y Salario por los días laborados y no pagados y sus respectivos porcentajes proporcionales, en caso de no haberse cumplido el ciclo correspondiente.





